El pasado 3 de Julio tuvo lugar en Madrid una jornada técnica sobre la “Actuaciones técnicas para la prevención e investigación de accidentes laborales “ organizada por ASPAMADRID y la Escuela de Organización Industrial (EOI). En dicha jornada se trató lo siguiente:
1º La problemática real de la investigación de los accidentes laborales.
2º La investigación de accidentes y su relación con las actuaciones técnicas.
En base a lo cual, siempre que voy a este tipo de jornadas, siempre pienso lo mismo: ¿el empresario actual sabe realmente qué accidentes tiene que investigar y cómo hacerlo? ¿sabe que el objetivo fundamental de una investigación es conocer las causas para evitar futuros accidentes y no sólo porque la ley lo exige?
Esta claro que formar parte del equipo de investigación de un accidente no es tarea fácil, además que a muchos les resulta incluso incómodo, sobre todo si se trata de accidentes graves. La Ley de Prevención de Riesgos Laborales en su artículo 16.3 obliga al empresario a “investigar los hechos que hayan producido un daño para la salud en los trabajadores, a fin de detectar las causas de estos hechos”.
¿Cuál es la definición de accidente de trabajo?
Se entiende por «accidente de trabajo» toda lesión corporal que el trabajador sufra con ocasión o por consecuencia del trabajo que ejecute por cuenta ajena. Si es trabajador autónomo, el ocurrido como consecuencia directa e inmediata del trabajo que realiza por su propia cuenta y que determina su inclusión en el campo de aplicación de dicho Régimen Especial.
Tienen también la consideración de accidentes de trabajo los siguientes:
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El denominado «accidente in itinere», es decir, aquel que sufre el trabajador al ir o al volver al lugar de trabajo.
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El accidente en misión entendiéndose por tal el sufrido por el trabajador en el trayecto que tenga que realizar para el cumplimiento de la misión, así como el acaecido en el desempeño de la misma dentro de la jornada laboral.
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El sufrido durante la realización de tareas, que aun siendo distintas de su categoría profesional, ejecute el trabajador en cumplimiento de las ordenes del empresario, o realizadas de forma espontanea por el trabajador en interés del buen funcionamiento de la empresa.
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Las enfermedades comunes que contraiga el trabajador con motivo de la realización de su trabajo, no incluidas en la lista de enfermedades profesionales.
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Las enfermedades o defectos padecidos con anterioridad, que se manifiestan o agravan como consecuencia de un accidente de trabajo.
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Las enfermedades intercurrentes entendiéndose por tales las que constituyen complicaciones del proceso patológico determinado por el accidente de trabajo mismo, o las que tienen su origen en afecciones adquiridas en el nuevo medio en que se haya situado el paciente para su curación.
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Los sufridos con ocasión o como consecuencia del desempeño de cargo electivo de carácter sindical o de gobierno de las entidades gestoras de la Seguridad Social, así como los accidentes ocurridos al ir o al volver del lugar en que se ejercen las funciones que los son propias.
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Los acaecidos en actos de salvamento, o de naturaleza análoga, cuando tengan conexión con el trabajo.
Ya sabemos lo que es un accidente de trabajo, y ahora ¿qué hacemos? ¿cómo se procede en una investigación de accidentes?
La actual Ley de Prevención de Riesgos Laborales no da una respuesta a muchas de las preguntas que nos podemos plantear: ¿qué accidentes se deben investigar? ¿quién debe investigarlos? ¿cómo deben investigarse? ¿existe un modelo oficial o estandarizado para la investigación?
No obstante, el Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo ha emitido una Nota Técnica de Prevención al respecto (NTP442: Investigación de accidentes-incidentes: procedimiento) en la que se explica ampliamente cómo se debe hacer esta labor.
La siguiente imagen esquematiza claramente las etapas del proceso de investigación de accidentes:

Fuente: http://www.cenapred.unam.mx
Para mayor información os recomiendo leer el «Manual para la Investigación de Accidentes Laborales» elaborado por OSALAN (Instituto Vasco de Seguridad y Salud Laborales)
También podéis consultar la siguiente presentación sobre «Investigación de Accidentes» o las diferentes NTP publicadas por el INSHT:
NTP 274: Investigación de accidentes: árbol de causas.
NTP 442: Investigación de accidentes-incidentes: procedimiento.
NTP 593: La gestión integral de los accidentes de trabajo (II): control estadístico.
NTP 594: La gestión integral de los accidentes de trabajo (III): costes de los accidentes.